La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, conocida como Ley Crea y Crece, introdujo la obligación de facturación electrónica para todas las relaciones comerciales B2B (entre empresas y profesionales) en España.
Calendario de implantación
- Empresas con facturación > 8 millones €: obligadas desde el primer año tras la aprobación del desarrollo reglamentario.
- Resto de empresas y autónomos: obligadas desde el segundo año.
Requisitos técnicos
Las facturas electrónicas deben cumplir con el formato Facturae o formatos compatibles (UBL, CII). Deben incluir firma electrónica y ser transmitidas a través de plataformas de intercambio homologadas o la futura plataforma pública.
Sanciones por incumplimiento
Las sanciones pueden alcanzar hasta 10.000 euros por incumplimiento de la obligación de facturación electrónica.
Recomendaciones
Es aconsejable empezar a adaptar los sistemas de facturación cuanto antes, ya que la transición puede requerir cambios en el software de gestión y en los procesos internos de la empresa.